Lo esencial
- Se cobra en Navidad, el día que fije tu convenio o tu contrato.
- En la nómina solo le restan el IRPF: la Seguridad Social se reparte entre los doce meses.
- Con 1.800 € de paga y 25.200 € brutos al año, te quedan 1.544,40 € netos.
- Con el salario mínimo y jornada completa, al menos 1.221 € brutos.
¿Cuándo se cobra la paga extra de Navidad?
El artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores da derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año: una «con ocasión de las fiestas de Navidad» y otra en el mes que fije el convenio colectivo o el acuerdo con los representantes de los trabajadores. La ley no pone un día concreto para la de Navidad: lo marcan tu convenio o tu contrato.
Si la empresa se retrasa en pagarla, la deuda genera un interés por mora del 10 % de lo adeudado (artículo 29.3). Si no sabes qué día te toca, busca en tu convenio el apartado de gratificaciones extraordinarias.
¿Cuánto es la paga extra de Navidad?
La cuantía la fija el convenio colectivo, según el mismo artículo 31. Tu convenio dice cuánto es, qué conceptos entran (salario base, antigüedad u otros complementos) y en qué periodo se genera. Revísalo: es la única forma de saber tu cifra exacta.
- Si cobras el salario mínimo: el Real Decreto 126/2026 fija 1.221 € al mes y 17.094 € al año, que son 14 pagas de 1.221 €. Tu paga extra de Navidad es de al menos 1.221 € brutos con jornada completa.
- Si entraste a mitad de año: cobras la parte generada en su periodo de devengo, que según el convenio puede ser el semestre o el año entero.
- Si trabajas a tiempo parcial: el salario mínimo se cobra a prorrata de tu jornada (artículo 1 del mismo real decreto), y con él la paga.
¿Paga extra prorrateada o en diciembre?
El artículo 31 permite que el convenio reparta las pagas extra en las doce mensualidades. Con 25.200 € brutos al año, en 14 pagas cobras 1.800 € al mes y dos pagas de 1.800 €; prorrateadas, cobras 2.100 € al mes y ninguna paga aparte.
Al final del año cobras lo mismo. Con nuestra calculadora de sueldo neto, contrato indefinido y sin hijos, el neto anual es de 19.983,60 € en los dos casos: 1.665,30 € al mes en 12 pagas o una media de 1.427,40 € en 14. La diferencia es de liquidez: con 14 pagas tienes un colchón en verano y en Navidad; prorrateadas, más dinero cada mes.
¿Cuánto te queda neta la paga extra?
Más de lo que cobras un mes normal, porque la paga extra no cotiza el mes en que la cobras. El artículo 147 de la Ley General de la Seguridad Social reparte las percepciones de vencimiento superior al mensual entre los doce meses del año: la Seguridad Social de las pagas ya la pagas cada mes. A la paga solo le restan la retención de IRPF, con el mismo tipo que el resto de tu nómina.
| Bruto anual (14 pagas) | Paga extra bruta | Retención IRPF | Paga extra neta | Neto de un mes normal |
|---|---|---|---|---|
| 17.094 € (salario mínimo) | 1.221 € | 3,06 % | 1.183,64 € | 1.091,04 € |
| 25.200 € | 1.800 € | 14,20 % | 1.544,40 € | 1.407,90 € |
| 30.000 € | 2.142,86 € | 16,42 % | 1.791 € | 1.628,50 € |
Son casos con contrato indefinido y sin hijos. El tipo de retención sale de la calculadora y el mes normal resta, además, el 6,50 % de Seguridad Social sobre la base mensual con las pagas prorrateadas. Haz tu cuenta con tus datos: la paga neta es el bruto de la paga menos tu tipo de IRPF.
¿Y si te vas de la empresa antes de diciembre?
Te pagan en el finiquito la parte de la paga que has generado. Con 1.800 € al mes y baja el 15 de octubre de 2026, la calculadora de finiquito da:
- Devengo semestral (la de Navidad se genera de julio a diciembre): 107 de 184 días, 1.046,74 €.
- Devengo anual (de enero a diciembre): 288 de 365 días, 1.420,27 €, más la parte de la paga de verano.
Si cobras las pagas prorrateadas, no te deben nada por este concepto: ya las has cobrado mes a mes. Lo explicamos paso a paso en la guía de cómo calcular el finiquito.
Fuentes oficiales
- Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) · art. 29.3 (interés por mora) y 31 (gratificaciones extraordinarias y prorrateo)
- Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015) · art. 147: prorrateo de las pagas extra en la base de cotización
- Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026 · art. 1 y 3: 1.221 € al mes y 17.094 € al año