Calculadora de finiquito
Lo que te deben al irte, concepto a concepto
Con esta calculadora de finiquito sabes lo que te corresponde cobrar al dejar la empresa. Escribe tu sueldo, la fecha de baja y el motivo, y te lo desglosamos concepto a concepto.
La idea clave
El finiquito no es un regalo de despedida: es dinero que ya has generado
Salario, vacaciones y pagas extra se generan día a día, así que te los deben aunque te vayas tú. Con 1.800 € en 14 pagas y baja el 15 de octubre, solo la forma de devengar las pagas cambia el finiquito en casi 900 €. Por eso merece la pena revisar tu convenio antes de firmar.
Cómo se calcula
El finiquito es la liquidación de lo que la empresa te debe al terminar la relación laboral. Siempre incluye:
1. Salario de los días trabajados del último mes: sueldo mensual / 30 × días (el día de la fecha de baja).
2. Vacaciones generadas y no disfrutadas: salario diario (sueldo anual / 365) × días pendientes.
3. Parte proporcional de las pagas extra, si no las cobras prorrateadas. Depende de cómo las genere tu convenio: si cada paga se genera en un semestre, te corresponde la parte del semestre en curso; si se genera en un año, te corresponde una parte de las dos pagas a la vez, y el importe sale bastante mayor. La calculadora lo hace por días y supone pagas de una mensualidad cobradas en junio y en diciembre.
4. Indemnización, solo en algunos casos: 12 días por año en el fin de un contrato temporal, 20 días por año (máximo 12 mensualidades) en el despido objetivo y 33 días por año (máximo 24 mensualidades) en el improcedente. En la baja voluntaria y en el despido disciplinario procedente no hay indemnización.
Los importes son brutos: del salario, las vacaciones y las pagas se descuentan IRPF y Seguridad Social. La indemnización obligatoria por ley está exenta de IRPF hasta 180.000 € (art. 7.e de la Ley del IRPF).
Ejemplo resuelto
Sueldo de 1.800 € en 14 pagas, baja voluntaria el 15 de octubre de 2026 y 8 días de vacaciones pendientes.
Salario: 1.800 / 30 × 15 = 900 € · Vacaciones: 1.800 × 14 / 365 × 8 = 552,33 €
Pagas semestrales: del 1 de julio al 15 de octubre van 107 de los 184 días del semestre: 1.800 × 107 / 184 = 1.046,74 €. Total: 2.499,07 € brutos.
Pagas anuales: de la de Navidad llevas 288 de 365 días (1.420,27 €) y de la de verano 107 de 365 (527,67 €). Total: 3.400,27 € brutos. Casi 900 € de diferencia solo por el convenio.
Fuentes oficiales
Dudas habituales
Dudas sobre la finiquito
¿Qué es el finiquito y qué incluye?
El finiquito es la liquidación de lo que la empresa te debe al terminar el contrato: el salario de los días del último mes, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra. Si el motivo de la baja da derecho a indemnización, se suma. Te corresponde en cualquier baja, también si te vas tú o te despiden por motivos disciplinarios.
¿Finiquito e indemnización son lo mismo?
No: el finiquito existe en cualquier baja y la indemnización solo en algunas. Hay indemnización al terminar un contrato temporal (12 días por año, salvo en los de sustitución y los formativos), en el despido objetivo (20 días por año, máximo 12 mensualidades) y en el improcedente (33 días por año, máximo 24 mensualidades). Para calcularla con tus fechas exactas o si tu contrato empezó antes de 2012, usa la calculadora de indemnización por despido.
¿Cuánto me queda de finiquito si me voy voluntariamente?
Con 1.800 € en 14 pagas, baja el 15 de octubre de 2026 y 8 días de vacaciones pendientes, te quedan unos 2.499 € brutos si las pagas son semestrales. Son 900 € de salario, 552,33 € de vacaciones y 1.046,74 € de la paga de Navidad. Si tu convenio genera las pagas por años, el total sube a unos 3.400 € brutos. Ojo: la baja voluntaria no da derecho a paro.
¿Qué errores son los más comunes al calcular el finiquito?
El más común es no mirar cómo genera tu convenio las pagas extra: semestral o anual cambia mucho el importe. También se confunde bruto con neto, porque del salario, las vacaciones y las pagas se descuentan IRPF y Seguridad Social. Y si cobras las pagas prorrateadas, no te corresponde parte proporcional: ya la has cobrado mes a mes.
¿Cuándo me tienen que pagar el finiquito?
La ley no fija un día exacto: lo habitual es cobrarlo el último día de trabajo o con la última nómina. Cuando la empresa te comunica el fin del contrato o el despido, debe acompañar ese aviso de una propuesta de finiquito, según el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores. En los contratos temporales de más de un año, ese aviso tiene que llegar con 15 días de antelación.
¿Tengo que firmar el finiquito si no estoy de acuerdo?
No tienes que firmarlo como conforme: puedes añadir «no conforme» o «recibí» junto a tu firma. Así acreditas que lo has recibido y conservas el derecho a reclamar lo que falte. Además, puedes pedir que esté presente un representante de los trabajadores cuando lo firmes.
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