¿Qué cambió con la reforma de vacaciones dignas?
El decreto publicado en el DOF el 27 de diciembre de 2022 reformó los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo y entró en vigor el 1 de enero de 2023. Antes, el primer año eran 6 días; ahora son 12.
Según su segundo transitorio, la reforma se aplica también a los contratos individuales y colectivos que ya existían, siempre que sea más favorable para ti. Si tu contrato daba menos días, manda la ley.
¿Cuántos días de vacaciones te tocan por año?
El artículo 76 da al menos 12 días laborables al cumplir el primer año, 2 más por cada año hasta 20, y desde el sexto año 2 más por cada cinco de servicio:
| Años cumplidos | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
| 21 a 25 | 28 |
| 26 a 30 | 30 |
| 31 a 35 | 32 |
Son días laborables: tus días de descanso semanal no se cuentan dentro de las vacaciones. Es un mínimo; tu contrato puede darte más.
¿Cuántos días seguidos y cuándo te las dan?
El artículo 78 dice que, del total, disfrutas al menos 12 días continuos, y que ese periodo lo puedes distribuir como lo necesites, a decisión tuya.
El artículo 81 obliga a tu patrón a darte las vacaciones dentro de los seis meses siguientes a tu aniversario. También tiene que entregarte cada año una constancia con tu antigüedad, los días que te tocan y la fecha en que vas a disfrutarlos.
Si trabajas por temporada o de forma discontinua, el artículo 77 te da vacaciones en proporción a los días trabajados en el año.
¿Cuánto es la prima vacacional?
El artículo 80 te da una prima no menor del 25% sobre los salarios de tus días de vacaciones. Se cobra aparte del salario de esos días.
Prima vacacional = salario diario × días de vacaciones × 25%
| Caso | Días | Salario de esos días | Prima (25%) |
|---|---|---|---|
| 1 año, $350 diarios | 12 | $4,200.00 | $1,050.00 |
| 4 años, $500 diarios | 18 | $9,000.00 | $2,250.00 |
| 6 años, $400 diarios | 22 | $8,800.00 | $2,200.00 |
| 12 años, $600 diarios | 24 | $14,400.00 | $3,600.00 |
Calcula tus días y tu prima con la calculadora de vacaciones.
¿Cuánto de la prima vacacional paga ISR?
El artículo 93, fracción XIV, de la Ley del ISR deja exenta la prima vacacional hasta 15 días de salario mínimo, que desde la desindexación de 2016 se calculan con la UMA. Con la UMA diaria de 2026, de $117.31, son $1,759.65 al año.
En el ejemplo de 4 años y $500 diarios, de los $2,250 de prima, $1,759.65 no pagan ISR y los $490.35 restantes se suman a tu ingreso del mes. El salario de los días de vacaciones paga ISR como tu sueldo normal.
¿Qué pasa si dejas el trabajo con vacaciones pendientes?
El artículo 79 prohíbe cambiar las vacaciones por dinero mientras sigues en el trabajo. Pero si la relación termina antes de cumplir el año, te toca una remuneración proporcional al tiempo trabajado, y las vacaciones que no disfrutaste se pagan.
Por ejemplo, si entraste el 1 de abril de 2026, al 17 de octubre llevas 199 días y has generado 6.54 de los 12 días de tu primer año. Esos días y su prima van en tu finiquito: haz la cuenta con la calculadora de finiquito.
Fuentes oficiales
- Ley Federal del Trabajo (México), texto vigente · arts. 76 a 81 (reforma DOF 27-12-2022)
- Ley del Impuesto sobre la Renta (México), texto vigente · art. 93, fr. XIV: exención de 15 días para la prima vacacional
- INEGI: valor de la Unidad de Medida y Actualización 2026 (DOF 09-01-2026) · UMA diaria de $117.31
- Decreto de reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo (DOF 27-01-2016) · transitorio tercero