Trabajo y nómina
Calculadora de declaración anual del ISR
¿Te sale saldo a favor o a cargo? Haz la cuenta antes de abril
Con esta calculadora de declaración anual sabes si el SAT te devuelve dinero o si te toca pagar: sumamos tus sueldos del año, restamos tus deducciones personales con su tope, aplicamos la tarifa anual del ISR de 2026 y lo comparamos con lo que te retuvieron.
La idea clave
Tu patrón te retiene el ISR del sueldo, no el de tus gastos médicos
Durante el año te retienen ISR como si no tuvieras deducciones. Las deducciones personales solo cuentan en tu declaración anual: con $480,000 de sueldo y $40,000 en médicos, dentista e intereses de la hipoteca, el SAT te devuelve unos $9,408.
Cómo se calcula
La declaración anual vuelve a calcular el ISR de todo el año y lo compara con lo que tu patrón ya te retuvo cada mes.
Saldo = Tarifa anual (ingresos gravados − deducciones personales) − subsidio para el empleo − ISR retenido
- 1. Base
- A tus ingresos gravados por sueldos les restas tus deducciones personales del artículo 151 de la Ley del ISR. Su tope global es lo menor de 5 UMA anuales, $213,973.20 en 2026, o el 15 % de tus ingresos totales, contando también los exentos.
- 2. Fuera del tope
- Las aportaciones voluntarias o complementarias al retiro, hasta el 10 % de tus ingresos gravados y 5 UMA anuales, y las colegiaturas, con su límite por alumno: preescolar $14,200, primaria $12,900, secundaria $19,900, profesional técnico $17,100 y bachillerato $24,500.
- 3. ISR del año
- A la base le aplicamos la tarifa anual del artículo 152 para el ejercicio 2026, publicada en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal: una cuota fija más un porcentaje, del 1.92 % al 35 %, sobre lo que pasa del límite inferior de tu renglón.
- 4. Saldo
- Al ISR del año le restas el subsidio para el empleo que te aplicaron en nómina, como máximo hasta ese ISR, y lo que te retuvieron. Si sale negativo, es saldo a favor y puedes pedir la devolución; si sale positivo, es saldo a cargo.
Es una estimación para quien solo tiene sueldos. Si además tienes honorarios, rentas u otros ingresos, se suman en la misma declaración y el resultado cambia. Los donativos tienen además su propio límite del 7 % de los ingresos del año anterior.
Ejemplo resuelto
Ganaste $480,000 gravados en 2026, te retuvieron $81,070 de ISR y pagaste $40,000 entre dentista, hospital e intereses reales de tu hipoteca. El tope es de $72,000, el 15 % de tus ingresos, así que deduces todo. La base queda en $440,000 y el ISR del año es de $71,661.86 (cuota de $67,981.92 más el 23.52 % de lo que pasa de $424,353.98). Te sale un saldo a favor de $9,408.14.
Fuentes oficiales
- SAT: Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, tarifas del ISR (DOF 28-12-2025) · tarifa anual del ejercicio 2026 (apartado C)
- Ley del Impuesto sobre la Renta (México), texto vigente · arts. 97, 98, 150, 151 y 152
- Decreto que otorga el subsidio para el empleo (DOF 01-05-2024), artículo tercero: subsidio en el cálculo anual · artículo tercero
- Decreto que compila diversos beneficios fiscales (DOF 26-12-2013), arts. 1.8 a 1.10: colegiaturas · arts. 1.8 a 1.10
- INEGI: valor de la Unidad de Medida y Actualización 2026 (DOF 09-01-2026)
- Decreto de reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo (DOF 27-01-2016) · artículo tercero transitorio
Casos típicos
Cuánto ISR te ahorran tus deducciones personales
Lo que bajan tus deducciones el ISR del año según tus ingresos por sueldos. Si tu patrón te retuvo justo el ISR sin deducciones, es lo que te sale a favor en la declaración anual.
| Ingresos gravados del año | Tope de deducciones | Con $10,000 deducidos | Con $25,000 deducidos | Con $50,000 deducidos |
|---|---|---|---|---|
| $150,000 | $22,500.00 | $1,088.00 | $2,448.00 | $2,448.00 |
| $200,000 | $30,000.00 | $1,792.00 | $4,465.87 | $5,265.87 |
| $300,000 | $45,000.00 | $2,136.00 | $5,340.00 | $9,612.00 |
| $400,000 | $60,000.00 | $2,136.00 | $5,340.00 | $10,680.00 |
| $500,000 | $75,000.00 | $2,352.00 | $5,880.00 | $11,760.00 |
| $600,000 | $90,000.00 | $2,352.00 | $5,880.00 | $11,760.00 |
| $800,000 | $120,000.00 | $3,000.00 | $7,500.00 | $15,000.00 |
| $1,000,000 | $150,000.00 | $3,000.00 | $7,500.00 | $15,000.00 |
Guarda o comparte esta tabla en imagen Dudas habituales
Preguntas frecuentes
¿Quién tiene que presentar la declaración anual si es asalariado?
Tienes que presentarla si ganaste más de $400,000 de sueldos en el año, si tuviste dos o más patrones a la vez, si dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre o si además tuviste otros ingresos. Lo dice el artículo 98, fracción III, de la Ley del ISR. Si no estás obligado, puedes presentarla para aplicar tus deducciones.
¿Cuándo se presenta la declaración anual?
En abril del año siguiente, según el artículo 150 de la Ley del ISR. La del ejercicio 2026 se presenta en abril de 2027 en el portal del SAT.
¿Cuánto puedo deducir en la declaración anual?
Lo menor de 5 UMA anuales o el 15 % de tus ingresos totales, exentos incluidos. En 2026, 5 UMA anuales son $213,973.20; con $480,000 de ingresos, tu tope es de $72,000. Las aportaciones voluntarias al retiro y las colegiaturas van aparte, con sus propios límites.
¿Qué gastos son deducciones personales?
Honorarios médicos, dentales, de psicología y nutrición, gastos hospitalarios y funerarios, primas de seguros de gastos médicos, intereses reales de tu crédito hipotecario, donativos, transporte escolar obligatorio y aportaciones voluntarias al retiro. Necesitas factura y, en los gastos médicos, pagar con tarjeta, transferencia o cheque.
¿Cómo afecta el subsidio para el empleo a la declaración anual?
Se resta del ISR del año, pero solo hasta ese ISR: si es mayor, no pagas impuesto y la diferencia no se te entrega. Lo dice el artículo tercero del decreto del subsidio para el empleo de mayo de 2024.
¿Por qué me sale saldo a cargo si mi patrón me retuvo cada mes?
Lo más común es haber tenido dos patrones a la vez: cada uno te retiene con la tarifa mensual como si fuera tu único sueldo, y al juntarlos subes de renglón en la tarifa anual. También puede pasar si los dos te aplicaron el subsidio para el empleo: por eso debes avisar por escrito a tu segundo patrón (art. 98, fr. IV, LISR).
Sueldo y prestaciones
Noticias
Trabajo y nómina
También te puede servir
Calculadora de sueldo neto e ISR
De bruto a neto: ISR, subsidio para el empleo e IMSS de 2026.
CalcularCalculadora de aguinaldo
Tu aguinaldo completo o proporcional y la parte que paga ISR.
CalcularCalculadora de PTU: reparto de utilidades
Tu reparto de utilidades por días, por salario y con su tope.
CalcularCalculadora de honorarios y RESICO
IVA, retención de ISR e IVA retenido de tu factura.
CalcularTu siguiente cuenta
¿Echas en falta una calculadora?
Cuéntanos qué necesitas calcular. Las más pedidas son las primeras que preparamos, con su fórmula, su ejemplo y su fuente.