Lo esencial
- Nuevas altas: como máximo tu último salario al darte de baja más una UMA, nunca menos de un salario mínimo.
- Quien ya estaba inscrito sigue igual hasta que acabe el periodo que contrató.
- Sin pagos retroactivos y solo por medios digitales.
- Es una medida temporal: el IMSS revisará en seis meses el efecto de la Modalidad 40 en sus finanzas.
¿Qué cambió en la Modalidad 40?
La Modalidad 40 es la continuación voluntaria en el régimen obligatorio del IMSS (artículo 218 de la Ley del Seguro Social): seguir cotizando por tu cuenta cuando ya no trabajas con patrón. Quien se pensiona por la Ley 73 la usa para subir el salario promedio de sus últimas 250 semanas, y con él su pensión.
El acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG del Consejo Técnico del IMSS, aprobado el 10 de octubre de 2026 y publicado en el DOF el 21, cambia cuatro cosas para quien se inscriba desde el 22 de octubre:
- Salario: el último salario base de cotización registrado al darte de baja, o hasta ese importe más una UMA. Nunca menos de un salario mínimo.
- Sin retroactividad: la inscripción vale desde la fecha en que la pides.
- Solo por medios digitales, para que el IMSS pueda seguir cada movimiento.
- Trabajadores independientes: quien cotiza como persona trabajadora independiente (artículo 13, fracción I) no puede contratar a la vez la Modalidad 40.
¿Qué pasa si ya estoy inscrito?
Nada cambia de momento. Según el punto cuarto del acuerdo, quienes ya estaban inscritos el 22 de octubre siguen en la Modalidad 40 con sus condiciones actuales hasta que termine el periodo que contrataron. El punto séptimo añade que conservan las semanas y los salarios cotizados y pagados, que cuentan para su pensión.
Cuando ese periodo termine, si quieren seguir, tendrán que volver a inscribirse con las reglas nuevas.
¿Con cuánto puedes cotizar ahora?
Antes podías elegir cualquier salario entre tu último salario y 25 UMA, el tope del artículo 28: $2,932.75 diarios en 2026. Ahora, en una alta nueva, el máximo depende de tu último salario:
| Último salario al darte de baja | Máximo con las reglas nuevas | Máximo con las anteriores |
|---|---|---|
| $500 diarios | $617.31 | $2,932.75 |
| $800 diarios | $917.31 | $2,932.75 |
| $1,200 diarios | $1,317.31 | $2,932.75 |
| $2,000 diarios | $2,117.31 | $2,932.75 |
Es decir, la Modalidad 40 ya solo sirve para mantener tu salario y subirlo un poco, no para saltar al tope. Con la UMA de 2026, $117.31 al día; la UMA cambia cada febrero.
¿Cuánto sube la pensión con las reglas nuevas?
Depende de cuánto mayor sea tu último salario que tu promedio actual. Por ejemplo, con 1,200 semanas, un salario promedio de $800 diarios y un último salario de $1,200, cinco años en Modalidad 40 con $1,317.31 diarios suben la pensión de vejez a los 65 años, con esposa a cargo, de $17,678.03 a $31,406.07 al mes. Con las reglas anteriores, a 25 UMA, habría llegado a $66,414.40.
Prueba tu caso en la calculadora: te dice también cuánto pagarías y en cuántos meses de pensión lo recuperas.
¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026 y 2027?
Pagas la parte del trabajador y la del patrón (artículo 218): retiro, 2 %; cesantía y vejez, la cuota patronal más el 1.125 %; invalidez y vida, 2.375 % (artículo 147), y gastos médicos de pensionados, 1.425 % (artículo 25). La cuota patronal de cesantía y vejez sube cada año hasta 2030, según el decreto de reforma de 2020. Con un salario de más de 4 UMA ($469.24 diarios en 2026):
| Año | Cuota total | Al mes con $1,317.31 diarios |
|---|---|---|
| 2026 | 14.438 % | $5,781.87 |
| 2027 | 15.528 % | $6,218.38 |
| 2028 | 16.619 % | $6,655.28 |
| 2029 | 17.709 % | $7,091.79 |
| 2030 | 18.800 % | $7,528.69 |
Al mes, con 30.4 días; el IMSS cobra cada mensualidad por adelantado con los días de ese mes. Con salarios menores la tasa es algo más baja.
¿Quién puede inscribirse?
- Quien tenga al menos 52 semanas cotizadas en los últimos cinco años (artículo 218).
- Quien la pida dentro de los cinco años siguientes a su baja (artículo 219).
- Se paga por mes adelantado, y si dejas de pagar dos meses la continuación voluntaria termina; puedes pedir el reingreso dentro de los doce meses siguientes (artículo 220).
La Modalidad 40 sirve sobre todo a quien empezó a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y se va a pensionar por la Ley 73: su pensión depende del salario de las últimas 250 semanas. Calcula tu pensión sin ella con la calculadora de pensión IMSS Ley 73.
Fuentes oficiales
- Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG del Consejo Técnico del IMSS sobre la Continuación Voluntaria (DOF 21-10-2026) · puntos segundo a séptimo
- Ley del Seguro Social (México), texto vigente · arts. 13, 25, 28, 147, 168 y 218 a 220
- Decreto de reforma a la Ley del Seguro Social y a la Ley de los SAR (DOF 16-12-2020): transitorio segundo, cuota patronal de cesantía y vejez de 2023 a 2030 · transitorio segundo: cuota patronal de cesantía y vejez de 2023 a 2030
- INEGI: valor de la Unidad de Medida y Actualización 2026 (DOF 09-01-2026) · UMA diaria 2026