¿Qué es el salario diario integrado?
Es tu cuota diaria más todo lo que recibes por tu trabajo: gratificaciones, percepciones, primas, comisiones y prestaciones en especie, entre otras (artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo y artículo 27 de la Ley del Seguro Social). Algunas prestaciones, como ciertas despensas o el fondo de ahorro, no integran o lo hacen con límites.
Por eso tu salario integrado siempre es mayor que tu salario diario, aunque solo tengas las prestaciones de ley.
¿Cómo se calcula?
Con las prestaciones de ley (15 días de aguinaldo y prima vacacional del 25 %), se calcula un factor de integración y se multiplica por tu salario diario:
Factor = 1 + (días de aguinaldo + días de vacaciones × 25 %) ÷ 365 · SDI = salario diario × factor
El primer año tienes 12 días de vacaciones: factor = 1 + (15 + 12 × 0.25) ÷ 365 = 1.0493. Si recibes otras prestaciones que integran, suma su importe anual dividido entre 365.
Factor de integración según tu antigüedad
Los días de vacaciones suben con los años (artículo 76 de la LFT), y con ellos el factor. Con las prestaciones mínimas de ley:
| Año de servicio | Días de vacaciones | Factor de integración |
|---|---|---|
| 1.º | 12 | 1.0493 |
| 2.º | 14 | 1.0507 |
| 3.º | 16 | 1.0521 |
| 4.º | 18 | 1.0534 |
| 5.º | 20 | 1.0548 |
| 6.º a 10.º | 22 | 1.0562 |
| 11.º a 15.º | 24 | 1.0575 |
| 16.º a 20.º | 26 | 1.0589 |
| 21.º a 25.º | 28 | 1.0603 |
| 26.º a 30.º | 30 | 1.0616 |
| 31.º en adelante | 32 | 1.0630 |
Ejemplos con la calculadora de salario diario integrado: con el salario mínimo de $315.04 el primer año, $330.58; con $400 en el sexto año, $422.47; y con $500 en el undécimo, $528.77.
¿Para qué sirve el salario diario integrado?
- IMSS: es la base de tus cuotas y de tus subsidios por incapacidad, con un tope de 25 UMA diarias, $2,932.75 en 2026 (artículo 28 de la Ley del Seguro Social).
- Infonavit: se usa para tus aportaciones y tu crédito.
- Indemnización: si te despiden sin causa justificada, los tres meses de salario y los 20 días por año se calculan con tu salario integrado (artículos 84 y 89 de la LFT). Calcúlala con la calculadora de liquidación.