¿Cuáles son los tramos del IRPF en 2026?
El IRPF tiene dos mitades: una estatal (artículo 63 de la Ley 35/2006) y otra que fija cada comunidad. Para la retención de la nómina, la empresa usa una escala única que suma las dos (artículo 101 de la misma ley):
| Base liquidable | Estatal | Escala de retención (total) |
|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,5 % | 19 % |
| 12.450 € a 20.200 € | 12 % | 24 % |
| 20.200 € a 35.200 € | 15 % | 30 % |
| 35.200 € a 60.000 € | 18,5 % | 37 % |
| 60.000 € a 300.000 € | 22,5 % | 45 % |
| Más de 300.000 € | 24,5 % | 47 % |
Cada tipo se aplica solo a la parte de la base que cae en su tramo. Subir de tramo nunca hace que cobres menos neto: solo tributa más el euro que entra en el tramo nuevo.
¿Por qué te retienen menos que tu tramo?
Antes de aplicar la escala, a tu bruto se le restan la Seguridad Social (un 6,50 % con contrato indefinido) y 2.000 € de gastos generales. Si tu sueldo menos la Seguridad Social no pasa de 14.852 €, se resta además una reducción de 7.302 €, que baja poco a poco y desaparece en 19.747,50 € (para esta cuenta no se restan los 2.000 €) (art. 20 de la Ley del IRPF). Después, la parte de la cuota que corresponde a tu mínimo personal (5.550 €) no se paga.
Con 30.000 € brutos y sin hijos, la base es de 26.050 €:
Cuota = 12.450 × 19 % + 7.750 × 24 % + 5.850 × 30 % − 5.550 × 19 % = 5.980,50 − 1.054,50 = 4.926 €
Son 4.926 € de retención al año, un 16,42 % del bruto, aunque tu tramo marginal es del 30 %.
¿Cuánto te retienen según tu sueldo bruto?
Estos son los resultados de nuestra calculadora de sueldo neto para un contrato indefinido, sin hijos:
| Bruto anual | Retención IRPF | Neto anual | Neto al mes (12 pagas) |
|---|---|---|---|
| 15.000 € | 0,00 % | 14.025 € | 1.168,75 € |
| 20.000 € | 8,87 % | 16.926 € | 1.410,50 € |
| 25.000 € | 14,09 % | 19.852,50 € | 1.654,38 € |
| 30.000 € | 16,42 % | 23.124 € | 1.927 € |
| 45.000 € | 21,06 % | 32.598 € | 2.716,50 € |
| 60.000 € | 24,44 % | 41.436 € | 3.453 € |
Con 15.000 € no hay retención porque no llegas al mínimo de 15.876 € que fija el artículo 81 del Reglamento del IRPF para la mayoría de los casos sin hijos. Con dos hijos y el mínimo compartido con el otro progenitor, los 30.000 € bajan al 14,80 %.
¿Cuenta la escala de tu comunidad?
La mitad autonómica cambia mucho de una comunidad a otra. Estos son el primer y el último tipo de algunas escalas en 2026, según el Manual de Renta 2025 de la Agencia Tributaria y los cambios de 2026 publicados en el BOE:
| Comunidad | Primer tramo | Tipo máximo |
|---|---|---|
| Comunidad de Madrid | 8,5 % | 20,5 % desde 57.320,40 € |
| Andalucía | 9,5 % | 22,5 % desde 60.000 € |
| Cataluña | 9,5 % | 25,5 % desde 175.000 € |
| Comunitat Valenciana | 8,8 % | 29,35 % desde 200.000 € |
| Extremadura | 7,75 % | 25 % desde 120.200 € |
| La Rioja | 8 % | 27 % desde 120.000 € |
La Comunitat Valenciana y Extremadura estrenan escala en 2026. País Vasco y Navarra tienen IRPF foral propio. Con 30.000 € brutos y sin hijos, en Madrid te devolverían unos 328 € en la renta y en Cataluña la retención casi cubre el impuesto. Elige tu comunidad en la calculadora para ver tu caso.
¿Qué casos cambian la retención o el impuesto?
- Sueldos bajos: si tus rendimientos del trabajo no llegan a 20.048,45 € y no tienes otras rentas de más de 6.500 €, en la renta te restas una deducción de hasta 590,89 €, entera hasta 17.094 € (disposición adicional 61.ª de la Ley del IRPF, en su redacción para 2026). No cambia la retención de la nómina: se aplica en la declaración.
- Contratos de menos de un año: si te corresponde retención, no puede bajar del 2 % (art. 86.2 del Reglamento).
- Ceuta y Melilla: la retención se reduce un 60 % si el trabajo se hace allí.
- Hijos, discapacidad, edad o hipoteca anterior a 2013: bajan la retención. Comunícalo a tu empresa para que los tenga en cuenta.
- Tipo voluntario: puedes pedir que te retengan más para no pagar en la renta.
Si cobras por horas, la calculadora de precio por hora te ayuda a pasar tu tarifa a sueldo anual antes de hacer la cuenta.
Mira cómo se aplica a sueldos concretos: 20.000 € brutos en neto, 25.000 €, 30.000 € y 40.000 €.
Fuentes oficiales
- Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas · art. 20 (reducción por rendimientos del trabajo), 63 (escala estatal), 101 (escala de retención) y disposición adicional 61.ª (deducción por rendimientos del trabajo)
- Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007) · art. 81 (límite sin retención) y 86 (tipo de retención y mínimo del 2 %)
- Agencia Tributaria: Manual práctico de Renta 2025 (escalas autonómicas y mínimos) · escalas autonómicas
- Agencia Tributaria