¿Cuáles son los tramos de autónomos en 2026?
Esta es la tabla del artículo 18 de la Orden PJC/297/2026. La cuota sale de aplicar el 31,50 % a la base de cotización:
| Tramo | Rendimiento neto al mes | Base mínima | Cuota mínima | Cuota con la base máxima |
|---|---|---|---|---|
| Reducida 1 | Hasta 670 € | 653,59 € | 205,88 € | 226,47 € |
| Reducida 2 | 670,01 a 900 € | 718,95 € | 226,47 € | 283,50 € |
| Reducida 3 | 900,01 a 1.166,69 € | 849,67 € | 267,65 € | 367,51 € |
| General 1 | 1.166,70 a 1.300 € | 950,98 € | 299,56 € | 409,50 € |
| General 2 | 1.300,01 a 1.500 € | 960,78 € | 302,65 € | 472,50 € |
| General 3 | 1.500,01 a 1.700 € | 960,78 € | 302,65 € | 535,50 € |
| General 4 | 1.700,01 a 1.850 € | 1.143,79 € | 360,29 € | 582,75 € |
| General 5 | 1.850,01 a 2.030 € | 1.209,15 € | 380,88 € | 639,45 € |
| General 6 | 2.030,01 a 2.330 € | 1.274,51 € | 401,47 € | 733,95 € |
| General 7 | 2.330,01 a 2.760 € | 1.356,21 € | 427,21 € | 869,40 € |
| General 8 | 2.760,01 a 3.190 € | 1.437,91 € | 452,94 € | 1.004,85 € |
| General 9 | 3.190,01 a 3.620 € | 1.519,61 € | 478,68 € | 1.140,30 € |
| General 10 | 3.620,01 a 4.050 € | 1.601,31 € | 504,41 € | 1.275,75 € |
| General 11 | 4.050,01 a 6.000 € | 1.732,03 € | 545,59 € | 1.606,88 € |
| General 12 | Más de 6.000 € | 1.928,10 € | 607,35 € | 1.606,88 € |
Las cuotas de la tabla están hechas con nuestra calculadora de cuota de autónomos.
¿Cómo sé en qué tramo estoy?
Con tus rendimientos netos, no con lo que facturas. El artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social dice cómo se calculan:
- Resta a tus ingresos del año, sin IVA, los gastos deducibles de tu actividad.
- Quita un 7 % más por gastos genéricos (un 3 % si eres autónomo societario o administrador).
- Divide entre 12.
Rendimiento mensual = (ingresos − gastos) × 0,93 ÷ 12
Ejemplos con la calculadora, sin gastos: 15.000 € al año dan 1.162,50 € al mes, tabla reducida, tramo 3 (267,65 € de cuota); 24.000 € dan 1.860 € al mes, tramo 5 (380,88 €); y 40.000 € dan 3.100 € al mes, tramo 8 (452,94 €).
¿Qué incluye la cuota de autónomos?
El 31,50 % de la base de cotización se reparte así, según la Orden PJC/297/2026:
- Contingencias comunes: 28,30 %. Cubren la pensión, las bajas por enfermedad común y el nacimiento y cuidado de menor.
- Contingencias profesionales: 1,30 %. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Cese de actividad: 0,90 %. Es el paro de los autónomos.
- Formación profesional: 0,10 %.
- Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI): 0,90 %. Va a la hucha de las pensiones.
¿Me conviene cotizar por más que la base mínima?
Puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima de tu tramo. Una base más alta cuesta más cada mes, pero sube lo que cobrarías de pensión, de baja o de paro de autónomo, porque todas esas prestaciones se calculan con tu base.
Puedes cambiar de base hasta seis veces al año para ajustarte a lo que ganas. Si a final de año tus rendimientos reales son distintos de lo previsto, la Seguridad Social regulariza la cuota: te reclama la diferencia o te la devuelve.
¿Y la tarifa plana en 2026?
Si te das de alta por primera vez, o tras dos años sin estar de alta, pagas una cuota reducida durante 12 meses, prorrogable otros 12 si tus rendimientos no llegan al salario mínimo (artículo 38 ter del Estatuto del Trabajo Autónomo).
La ley la fijó en 80 € al mes hasta 2025 y deja la cuantía de 2026 a la Ley de Presupuestos, que no se ha aprobado. Antes de darte de alta, confirma la cifra con la Seguridad Social.
Fuentes oficiales
- Orden PJC/297/2026 de normas de cotización a la Seguridad Social para 2026 · art. 18: tabla de tramos, bases y tipos; art. 32: cese de actividad y formación profesional
- Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015) · art. 308: rendimientos netos y deducción por gastos genéricos
- Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo · art. 38 ter: cuota reducida por inicio de actividad
- Reglamento General de Cotización y Liquidación (Real Decreto 2064/1995) · art. 45: hasta seis cambios de base al año