Lo esencial
- Hacienda se queda el 20 % de lo que pasa de 40.000 € en cada décimo.
- Del Gordo cobras 328.000 € por décimo; del segundo, 108.000 €, y del tercero, 48.000 €.
- Los premios de hasta 40.000 € por décimo, como la pedrea, se cobran enteros.
- No tienes que declararlo en la renta: la retención te la hacen al cobrar.
¿Cuánto se queda Hacienda de un premio de la Lotería?
Lo fija la disposición adicional 33.ª de la Ley del IRPF. Los premios de las loterías de Loterías y Apuestas del Estado, entre ellas la de Navidad, pagan un gravamen especial con estas reglas:
- Están exentos los premios de hasta 40.000 €.
- Si el premio supera esa cifra, solo tributa la parte que excede de 40.000 €.
- Esa parte paga un 20 %.
- Se calcula de forma independiente para cada décimo, fracción o cupón premiado.
Impuesto = (premio del décimo − 40.000 €) × 20 %
La exención completa exige que el décimo cueste al menos 0,50 €; si costara menos, los 40.000 € exentos se reducirían en proporción.
¿Cuánto cobras con cada premio de la Lotería de Navidad 2026?
El sorteo es el 22 de diciembre de 2026. Según Loterías y Apuestas del Estado, el décimo cuesta 20 € y el billete entero, con 10 décimos, 200 €. Estos son los premios por décimo anunciados para 2026, los mismos de los últimos años, y lo que cobras de cada uno tras el gravamen del 20 %:
| Premio | Por décimo | Se queda Hacienda | Cobras |
|---|---|---|---|
| Primer premio (el Gordo) | 400.000 € | 72.000 € | 328.000 € |
| Segundo premio | 125.000 € | 17.000 € | 108.000 € |
| Tercer premio | 50.000 € | 2.000 € | 48.000 € |
| Cuartos premios (dos) | 20.000 € | 0 € | 20.000 € |
| Quintos premios (ocho) | 6.000 € | 0 € | 6.000 € |
| Aproximaciones al Gordo | 2.000 € | 0 € | 2.000 € |
| Aproximaciones al segundo | 1.250 € | 0 € | 1.250 € |
| Aproximaciones al tercero | 960 € | 0 € | 960 € |
| Pedrea | 100 € | 0 € | 100 € |
| Centenas y dos últimas cifras | 100 € | 0 € | 100 € |
| Reintegro (última cifra del Gordo) | 20 € | 0 € | 20 € |
Solo el Gordo, el segundo y el tercero pasan de 40.000 € y pagan impuesto. Todos los demás premios los cobras enteros.
Lo que te toca según lo que juegues, de 1 € a un billete entero: el Gordo, el segundo, el tercero, los cuartos, los quintos y la pedrea.
Las cifras de «Cobras» están hechas con nuestra calculadora de premios de lotería. Si tienes un billete entero, multiplica por 10: el Gordo son 4.000.000 € brutos y 3.280.000 € netos, porque los 40.000 € exentos se aplican a cada décimo.
¿Cuánto se paga según el importe del premio?
Hechos con nuestra calculadora de porcentajes, aplicando el 20 % a lo que pasa de 40.000 €:
| Premio del décimo | Parte que tributa | Se queda Hacienda | Cobras | Tipo real |
|---|---|---|---|---|
| 20.000 € | 0 € | 0 € | 20.000 € | 0 % |
| 40.000 € | 0 € | 0 € | 40.000 € | 0 % |
| 60.000 € | 20.000 € | 4.000 € | 56.000 € | 6,67 % |
| 100.000 € | 60.000 € | 12.000 € | 88.000 € | 12 % |
| 400.000 € | 360.000 € | 72.000 € | 328.000 € | 18 % |
El tipo real nunca llega al 20 % porque los primeros 40.000 € no pagan. El ejemplo de 100.000 € es el mismo que usa la Agencia Tributaria. Sirve también para la parte que te toque de una participación.
¿Qué pasa si compartes el décimo o juegas una participación?
Los 40.000 € exentos son por décimo, no por persona. Si el premio es de titularidad compartida, la exención y la parte que tributa se reparten entre los cotitulares según su cuota (disposición adicional 33.ª, apartados 2 y 3).
Si 4 amigos comparten a partes iguales un décimo de 100.000 €, cada uno tiene 25.000 € de premio, 10.000 € exentos y 15.000 € que tributan. Paga 3.000 € y cobra 22.000 €. Entre los cuatro suman los mismos 12.000 € de impuesto que si el décimo fuera de una sola persona.
Con las participaciones de peñas, asociaciones o empresas pasa lo mismo. La Agencia Tributaria pide que quien cobre el premio en nombre de todos pueda acreditar que lo ha repartido, con la identificación de cada ganador y su porcentaje.
¿Tienes que declarar el premio en la renta?
No, si te han practicado la retención al cobrarlo. El premio no se suma a la base imponible del IRPF (apartado 8) y no tienes que presentar la autoliquidación del gravamen especial cuando el premio es de hasta 40.000 € o cuando ya te han retenido el 20 % (apartado 7).
La retención la hace quien te paga el premio en el momento del cobro. Por eso lo que te ingresan ya es neto: no te llevarás un susto en la próxima declaración por este premio.
¿Y si tienes varios décimos premiados?
Cada uno se calcula por separado. Si tienes dos décimos de 40.000 €, los dos están exentos y cobras 80.000 € sin pagar nada. Si tienes dos de 60.000 €, pagas 4.000 € por cada uno.
Si piensas guardar el premio, haz números con la calculadora de interés compuesto para ver cuánto puede crecer con los años.
Fuentes oficiales
- Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas · disposición adicional 33.ª: gravamen especial sobre los premios de loterías
- Agencia Tributaria: Premios del sorteo de la lotería de Navidad · retención en el cobro, ejemplo de 100.000 € y premios compartidos
- Loterías y Apuestas del Estado: el Sorteo Extraordinario de Navidad y sus premios · precio del décimo y del billete